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Martes, 20 de octubre de 2026
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LUMA Energy pierde moción; caso con DACO seguirá en el Supremo

LUMA había solicitado al tribunal que declarara que DACO violó la paralización al recurrir al Supremo para impugnar la cláusula de inmunidad que exime la responsabilidad por daños o pérdidas.

Tatiana Matos Veloz

· 2 min de lectura

LUMA Energy pierde moción; caso con DACO seguirá en el Supremo

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San Juan- La jueza Laura Taylor Swain, del Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico, denegó la solicitud urgente de LUMA Energy para detener el pleito que el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) mantiene ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

En una orden de 17 páginas, la jueza concluyó que el caso del DACO no está sujeto a la paralización automática bajo el proceso de quiebra de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), ya que se trata de una acción dentro del ejercicio legítimo de los poderes policiales y regulatorios del gobierno, conforme a la sección 362(b)(4) del Código de Quiebras.

“El procedimiento instado por DACO busca proteger el bienestar público y los derechos de los consumidores, no adelantar un interés económico particular”, escribió Swain. “El reclamo se enmarca dentro del poder regulatorio del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y, por tanto, está excluido de la paralización automática”.

LUMA había solicitado al tribunal que declarara que DACO violó la paralización al recurrir al Supremo para impugnar la cláusula de inmunidad incluida en su contrato con la AEE, que exime a la empresa de responsabilidad por daños o pérdidas sufridas por los abonados del sistema eléctrico.

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Sin embargo, Swain determinó que LUMA no demostró que DACO actuara fuera de su autoridad legal ni que la agencia “intentara obtener una ventaja pecuniaria sobre el deudor”.

“DACO está actuando dentro de su rol como agencia de protección al consumidor y supervisión de prácticas comerciales en Puerto Rico”, indicó la jueza. “La acción persigue un fin gubernamental legítimo y de política pública, no una disputa contractual ordinaria”.

Con esta decisión, el Tribunal Supremo de Puerto Rico podrá continuar el análisis del recurso presentado por DACO, que busca declarar nula la disposición contractual de exención de responsabilidad (“liability waiver”)incluida en el acuerdo de operación y mantenimiento de LUMA.

“Por las razones expuestas, el tribunal concluye que el procedimiento de DACO cae dentro de la excepción de poderes policiales y regulatorios, y por tanto, no está paralizado bajo la sección 362(a)”, resolvió Swain.

La jueza firmó la orden el 27 de octubre de 2025, en Boston.

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